Por Dra. Nanci Coria (Abogada especialista en Derecho Previsional – Gestora de la ANSES)
* ¿Desea jubilarse aunque no tiene aportes? ¡La legislación actual lo permite!
* Si es extranjero: Necesita el Certificado de Migraciones.
* Si es Empleada Doméstica: Debe probar la relación laboral con su patrona. Para ello, es útil la declaración que pueden dar los vecinos del barrio.
* ¿Es Ud. albañil? Pude jubilarse a los años 57 de edad con 25 años de aportes.
* Si tiene una discapacidad: Debe ser del 66% o más, debe tener regularidad en los aportes y debe ser mujer menor de 60 años de edad o varón menor de 65.
* Si es minusválido: La incapacidad debe ser del 33% o más, debe tener 45 años de edad (hombres y mujeres), si trabajaron en relación de dependencia o 50 años de edad (hombres y mujeres), si trabajaron como autónomos, 10 años de servicios (en blanco), si trabajaron bajo patrón, o (con pagos en la actividad autónoma), si trabajaron por cuenta propia.
* Si es una persona no vidente: Puede jubilarse a los 45 años de edad o con 20 años de aportes.
* Si desea cobrar una Jubilación mayor: Averigüe si entra en el Programa Nacional de Reparación Histórica de la ANSES y si no entra reclame a la ANSES un reajuste de haberes.
* ¿Vivió en concubinato? Tiene derecho a una Pensión por fallecimiento de su concubina o concubino aunque no haya hecho aportes, si en vida se afilió a la AFIP.
* ¿Quiere preparar su Jubilación para el futuro? Adhiera a la Moratoria y al Monotributo (Autónomo, Promovido o Social).
Consultas: Tel.: (0341) 4515895 Cel.: (0341) 153513767 Facebook: Abogada Nanci Coria
Comentarios
Publicar un comentario